Índira Kempis, entre el descrédito de su partido y los flamazos para llamar la atención al declarar que legalizará BTC
La senadora mexicana (de Nuevo León) del menesteroso partido Movimiento Ciudadano, Índira Kempis Martínez, ha logrado llamar la atención del mundo bitcoiner con las últimas declaraciones sobre implementar legalmente el uso del Bitcoin en México. Pero solo utiliza esta bandera de apariencia porque, hasta ahora, ninguna propuesta ni iniciativa o discurso existen de este tema en su agenda legislativa.
Kempis Martínez obtuvo los reflectores de millones de usuarios de criptomonedas cuando viajó a El Salvador y declaró que en México el Bitcoin podría ser moneda legal. Pero, hasta ahora, la máxima tribuna del poder legislativo de ese país no tiene registrada alguna iniciativa de la senadora Kempis, solo declaraciones sobre la legalización de marihuana y en defensa de los derechos de las mujeres. Del BTC o criptomonedas, nada.
Economista por el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM) y militante del mismo partido al que pertenecen los controvertidos gobernadores de Nuevo León y Jalisco, quienes son adictos al escándalo de farándula, la senadora Índira Kempis pertenece al grupo de opositores al actual presidente mexicano, Andrés Manuel López Obrador, quien mediante el Banco de México promueve implementar una moneda digital estable o Central Bank Digital Currency (CBDC)
Controversial porque en su partido militan legisladores que están en contra de la legalización de la marihuana pero ella posa con una planta de Cannabis índica en tribuna, la senadora mexicana declaró en junio de 2021 que "reviviría" la iniciativa (presentada, según dijo, hace dos años) de este tema y anunció entonces mesas de trabajo y propuestas, pero desde entonces sólo tuitea sobre el tema y mantiene su foto de perfil con ojos láser. Hasta ahí.
La legisladora se refiere a esa "resurección" a la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech) de marzo de 2018, que establece la regulación de las operaciones con activos virtuales, quedando sujetas a la autorización del Banco de México (Banxico) y a las disposiciones que para tal efecto emitiera a la forma en que esos activos podrían ser utilizados, disposiciones que fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 8 de marzo de 2019.
La Ley Fintech recoge las posturas anti criptomonedas propuestas por otros países y organizaciones financieras mundiales, como la postura de que las operaciones con "activos virtuales", los cuales define como "una unidad de información que no representa la tenencia de algún activo subyacente a la par, y que es unívocamente identificable incluso de manera fraccional, almacenada electrónicamente", es de mantener una sana distancia entre estos y el sistema financiero.
Considera dichos activos como "especulativos" y que no tienen valor intrínseco y poseen un valor muy volátil, por tanto el hecho de que las instituciones financieras ofrezcan al público en general operaciones asociadas con esos activos, podría generar una percepción de que sus riesgos son menores a los que en realidad representan.
Así que al más viejo estilo mexicano, a la senadora Kempis Martínez le gusta "comer tacos de lengua" para llamar la atención.
Documentos y análisis del poder legislativo mexicano, en los que no ha participado la senadora Kempis, del Gobierno de México concluyen que la prohibición de las criptomonedas se sustenta, básicamente, en dos posturas torales:
- Legalmente, el gobierno no puede prohibir la compra-venta de criptomonedas. Si bien, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Ministerio de Hacienda), Banxico y la Comisión Nacional de la Bolsa de Valores no lo prohíben, advierten sanciones a quienes emitan u ofrezcan usar criptomonedas.
- El uso de criptomonedas se puede vincular con riesgos relacionados a la evasión fiscal, el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo ya que, no hay un régimen sólido para prevenir estos ilícitos a través de las plataformas electrónicas, digitales o similares. Actualmente, la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita define como actividad vulnerable la operación de entidades no financieras con activos virtuales y establece una serie de requisitos, llenado de reportes y avisos a la SHCP cuando el monto de la operación es igual o mayor a 645 UMAs.
Es decir, la postura de la administración mexicana es porque "existe un entorno de incertidumbre en el uso de este sistema digital y quedan varios aspectos por resolver para las autoridades financieras internacionales, como establecer un marco normativo global que otorgue seguridad a los inversionistas y confiabilidad en las transacciones globales con estos criptoactivos".